La Prevención en la Gestión Pública

 

GESTIÓN PÚBLICA

 

4ta GENERACIÓN

JOSÉ ANTONIO CADENA VÁZQUEZ

 

MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

 




La Prevención en la Gestión Pública

 

Proceso General de Administración de Riesgos

Acorde con el mandato, características y funcionamiento de los entes gubernamentales, el proceso general de administración de riesgos se enfoca a los riesgos no discrecionales, fundamentalmente al riesgo operativo, y se considera como una herramienta de aplicación general.

De forma complementaria, se diseñó el Sistema Automatizado de Administración de Riegos en el Sector Público (SAAR) El SAAR es una herramienta tecnológica automatizada para gestionar los riesgos institucionales.

El SAAR se desarrolló con la finalidad de que la administración de riesgos pueda concebirse y llevarse a cabo de una forma práctica y lógica en instituciones de los tres Órdenes de Gobierno y Poderes de la Unión.


ESTRUCTURA DE LA GESTIÓN PÚBLICA

Disponer del asesoramiento y el apoyo necesarios para desarrollar la actividad preventiva

El reglamento sobre prevención de riesgos laborales, establece que los patrones tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Ahora bien, debe entenderse que son Medidas Preventivas todas aquellas que sirvan para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

Deberá someter su sistema de prevención a un control periódico externo

Las inspecciones de seguridad y auditorías se realizan con el objetivo de analizar el estado en el que se encuentra la seguridad de las instalaciones y procesos, lugares de trabajo, máquinas y trabajadores, así como de evaluar la eficacia de la gestión implantada en prevención y seguridad.

Deberá consultar a los trabajadores y permitir su participación, en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo

Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 18, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa.

El servicio de prevención debe asesorar y asistir, entre otros, a los representantes de los trabajadores, atender sus consultas y tener en cuenta sus observaciones

El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, como se menciona en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN

Vigilar la evaluación de riesgos teniendo en cuenta las condiciones del trabajo, las del trabajador y la normativa aplicable; en la evaluación deben incluirse los riesgos derivados de las posibles situaciones de emergencia

La gestión de la seguridad y la salud forma parte de la gestión de una empresa. Las empresas deben hacer una evaluación de los riesgos para conocer cuáles son los peligros y los riesgos en sus lugares de trabajo, y adoptar medidas para controlarlos con eficacia, asegurando que dichos peligros y riesgos no causen daños a los trabajadores.

Se da seguimiento a través de la NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene. Es aplicable a todas las empresas.

Debe seguir un procedimiento basado en criterios objetivos (legales o, en su defecto, de validez técnica reconocida), que permita la realización de mediciones

El principal objetivo de la Ley General sobre Metrología y Normalización es alentar a las empresas a adoptar mayores normas de calidad, lo que, a su vez, elevará su grado de competitividad. Con la nueva ley, el Ejecutivo, a través de la SECOFI, será el responsable de la metrología desde el punto de vista legal y en lo referente a la metrología fundamental. La SECOFI será la responsable de coordinar todas las actividades del Estado en ese terreno, en particular las referentes a las normas oficiales de aplicación obligatoria.

Los objetivos de esta Ley se establecen en el artículo segundo de la misma y entre otros son:

I. En materia de Metrología: a) establecer el Sistema General de Unidades de Medida; b) precisar los conceptos fundamentales sobre metrología; c) establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; d) establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados; e) instituir el Sistema Nacional de Calibración; f) crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia; y, g) regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.

II. En materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación: a) fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas; b) instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre normalización corresponde realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal; c) establecer un procedimiento uniforme para la elaboración de normas oficiales mexicanas por las dependencias de la administración pública federal; d) promover la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas; e) coordinar las actividades de normalización, certificación, verificación y laboratorios de prueba de las dependencias de administración pública federal; f) establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos de normalización y de certificación, unidades de verificación y de laboratorios de prueba y de calibración; y, g) en general, divulgar las acciones de normalización y demás actividades relacionadas con la materia.

A fin de mejorar la capacidad institucional, el Estado creó el Centro Nacional de Metrología (Cenam), cuya función es garantizar la precisión de las mediciones industriales y su compatibilidad con las normas extranjeras. Es importante señalar que los aspectos relacionados con la metrología en México son atendidos por diversos organismos públicos y privados que conforman el Sistema Metrológico Nacional.

PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS

El servicio de prevención, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación de los riesgos y las prioridades establecidas según su gravedad o inminencia, debe elaborar una propuesta de planificación de las actividades preventivas (y, en su caso, de programación anual) que se ajuste a los requisitos generales y específicos legalmente exigibles.

La planificación de la actividad preventiva consiste en determinar las medidas a implantar para eliminar, reducir y controlar los riesgos, incluyendo la designación de responsables para llevarlas a cabo, los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución y seguimiento, así como los plazos para su implantación.  

Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. Incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción, que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.

Dichas actividades serán objeto de planificación por el empresario, incluyendo para cada actividad preventiva:

– El plazo para llevarla a cabo.

– La designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución.

Las actividades de prevención deberán ser modificadas cuando se aprecie por el empresario, como consecuencia de los controles periódicos previstos en el apartado anterior, su inadecuación a los fines de protección requeridos.

El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.

Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos.

 

ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE EMERGENCIA

Propuesta de planificación de las actividades preventivas, las medidas de acondicionamiento de los lugares e instalaciones, así como las necesarias para implantar y controlar las actuaciones frente a situaciones de emergencia.

El Programa Nacional de Protección Civil (PNPC) retoma la definición que la Ley hace de la Gestión Integral de Riesgos como el conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción (LGPC, Art. 2). Al respecto, el primero de los objetivos del PNPC es "Fomentar la acción preventiva en la Gestión Integral de Riesgos para disminuir los efectos de fenómenos naturales perturbadores."


La Ley General de Protección Civil (LGPC) sienta las bases de coordinación en el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) y fortalece la Gestión Integral de Riesgos como su eje de actuación y consolida el entramado institucional necesario para integrarlo, compuesto por todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por los sistemas de protección civil de las entidades federativas, sus municipios y las delegaciones; por los grupos voluntarios, vecinales y organizaciones de la sociedad civil, los cuerpos de bomberos, así como por los representantes de los sectores privado y social, los medios de comunicación, además de los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico. Este Sistema tiene como objeto proteger a las personas y su entorno de los riesgos asociados a diversos fenómenos tanto naturales como antrópicos, a través de la Gestión Integral de Riesgos y el fomento de la resiliencia en la población (LGPC, Art. 1, 3, 15, 16).

En una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada. Corresponderá en primera instancia a la unidad municipal o delegacional de Protección Civil el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de seguridad.

La Protección Civil es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o humano como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable; privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente.

“Los tres niveles de gobierno tratarán en todo momento que los programas y estrategias dirigidas al fortalecimiento de los instrumentos de organización y funcionamiento de las instituciones de protección civil se sustenten en un enfoque de gestión integral del riesgo.” (Ley Federal de Protección Civil, Artículo 3).

 

Opinión:

La administración de riesgos, ayuda a los mandos superiores, medios y operativos de las instituciones del Sector Público a tener control sobre aquellos eventos que, en caso de materializarse, puedan afectar el desarrollo y funcionamiento de los procesos para alcanzar los objetivos que persigue la institución.

Dada la pluralidad y particularidad de cada una de las entidades del Sector Público, por ejemplo, respecto de las funciones que desempeñan, estructura organizacional, manejo presupuestario, contacto ciudadano y compromiso con la sociedad, es necesario identificar las áreas, procesos o actividades más vulnerables a la ocurrencia de riesgos que atenten contra el logro de sus objetivos.

Las instituciones del Sector Público, deben contar con un proceso de administración de riesgos tendiente a darles un manejo adecuado, con el fin de lograr en términos de eficiencia, eficacia y economía el cumplimiento de sus objetivos y estar preparados para enfrentar cualquier contingencia.

 

Fuentes Bibliográficas:

Guía de Autoevaluación de Riesgos en el Sector Públicohttp://www.oas.org › pdfs › mesicic5_mex_ane_64

¿Qué se entiende por Medidas Preventivas para efectos del derecho a saber? - DT – Consultas

https://www.inerco.com/blog/inspecciones-seguridad-y-procesos-auditorias/

http://www.proteccioncivil.gob.mx/work/models/ProteccionCivil/Resource/769/1/images/TAB.pdf

https://www.ub.edu/ossma/wp-content/uploads/2016/02/ley-prevencion-riesgos-laborales.pdf

http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/normatividad/normas/nom-019.pdf

https://riesgoslaborales.saludlaboral.org/portal-preventivo/conceptos-generales-de-la-prl/4-planificacion-de-la-actividad-preventiva/

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/138375/proteccion_civil_boletin.pdf



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