LOS CONVENIOS MÁS IMPORTANTES DE OIT

 

MARCO INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


4ta GENERACIÓN



JOSÉ ANTONIO CADENA VÁZQUEZ


MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO



LOS CONVENIOS MÁS IMPORTANTES DE OIT

 

Los Convenios son un conjunto de normas internacionales de trabajo que imponen obligaciones a los Estados y cuya finalidad es mejorar las condiciones de empleo en todo el mundo. Los Convenios deben ser ratificados por los Miembros de la OIT.

Hasta el año 2006, la OIT ha adoptado 186 Convenios sobre una amplia gama de temas. Luego de la Cumbre Social de 1995 el Consejo de Administración decidió que ocho Convenios debían considerarse fundamentales para los derechos de quienes trabajan, y ser ratificados y aplicados por todos los Estados Miembros de la organización. De ahí que se les denomine Convenios fundamentales de la OIT.



Opinión

El convenio 87 de la OIT, es uno de los 8 convenios con estatus de Convenio Fundamental, lo que significa que abarca un tema considerado como principio y derecho fundamental en el trabajo: la libertad de asociación y la libertad sindical.

El convenio reconoce que los trabajadores tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen conveniente y de afiliarse a ellas, para defender sus intereses, es decir, formar y ser parte de sindicatos, sin autorización previa con la única condición de que los afiliados observen y respeten los estatutos de la organización sindical.

Protege esta libertad prohibiendo a las autoridades públicas intervenir o llevar a cabo actos que tiendan a limitar ese derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

En mi organización existen dos sindicatos, uno es el sindicato de profesores y el otro es el sindicato de trabajadores.

El Convenio sobre el trabajo forzoso se refiere a situaciones en las cuales personas están forzadas a trabajar mediante el uso de violencia o intimidación, o por medios más sutiles como una deuda manipulada, retención de documentos de identidad o amenazas de denuncia a las autoridades de inmigración.

El Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, adoptado por la OIT en 1957, trata principalmente del trabajo forzoso impuesto por las autoridades estatales.

Ambos Convenios cuentan con la ratificación casi universal, lo cual significa que casi todos los países están obligados por ley a respetar sus disposiciones y a informar periódicamente sobre su aplicación a los órganos de control de las normas de la OIT. No estar sometido al trabajo forzoso es un derecho humano: todos los Estados miembros de la OIT deben respetar el principio de la eliminación del trabajo forzoso, que hayan o no ratificado los Convenios.

La finalidad del Convenio sobre la discriminación en el empleo y ocupación es promover la igualdad de oportunidades y de trato con respecto al empleo y la ocupación, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social. Los Estados que han ratificado este Convenio se comprometen a promover la igualdad de oportunidades y de trato mediante una política nacional cuyo propósito sea eliminar todas las formas de discriminación en el empleo y la ocupación. El Convenio se aplica también al acceso a la formación profesional y a la admisión en el empleo, así como también a las condiciones de trabajo.

La igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor es una cuestión de derechos humanos, porque si el trabajo de una mujer se valora menos solamente porque es una mujer su dignidad individual se ve lesionada. También es una cuestión de desarrollo económico, ya que promover un trato igual equivale a promover el potencial productivo de la nación. Finalmente, es una cuestión de recursos humanos, porque incrementar los salarios de los trabajos infravalorados puede resultar más rentable por incrementar la productividad y reducir la rotación de personal.

 

 

Bibliografía

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---sro-santiago/documents/publication/wcms_184031.pdf

 

https://www.ilo.org/global/standards/introduction-to-international-labour-standards/conventions-and-recommendations/lang--es/index.htm


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