Normatividad en materia de Ergonomía
ERGONOMÍA
4ta GENERACIÓN
JOSÉ ANTONIO CADENA
VÁZQUEZ
MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Normatividad en materia
de Ergonomía
En
el siguiente ensayo se hablará acerca de la Normatividad en materia de
Ergonomía; México cuenta con una legislación de seguridad que emana de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del
Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y un conjunto
de regulaciones específicas que contribuyen a desarrollar las obligaciones
aplicables en el país en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Estas
últimas regulaciones son conocidas como Normas Oficiales Mexicanas (NOM).
En
lo que respecta a la Constitución Política de los Estados Unidos de México,
constituye la norma suprema del país. La Constitución de los Estados Unidos de
México recoge preceptos relacionados con la Seguridad y Salud de los
trabajadores.
En
materia estrictamente laboral, la normativa de referencia la constituye la Ley
Federal del Trabajo, en cuyo contenido figura la obligación atribuible a la
figura del patrón de garantizar la Seguridad y Salud de los trabajadores a su
cargo. Además, el Título Noveno de la Ley establece una regulación de los
riesgos laborales presentes en los lugares de trabajo destinada a proteger la
Seguridad y Salud de los trabajadores asalariados de México.
En
materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, la norma de referencia es el
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Establece las obligaciones
generales en materia de Seguridad y Salud atribuibles a la figura del patrón y
de los trabajadores, además de incorporar obligaciones más concretas en cuanto
a la prevención y gestión de determinados riesgos específicos susceptibles de
darse en los lugares y puestos de trabajo.
Por último, y como desarrollo de las responsabilidades del patrón en cuanto a la protección de la Seguridad y Salud en el trabajo, existe una serie de normas específicas que regulan la prevención y gestión de riesgos específicos, las normas oficiales mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan por que se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
Las Normas que tienen que ver con la ergonomía ambiental en México son, NOM-011-STPS-2001, donde el objetivo es establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido, se aplica a todas las empresas donde exista exposición de ruido hacia el trabajador; la siguiente norma es la NOM-015-STPS-2001, establece las condiciones de seguridad e higiene en cuanto a niveles y tiempos máximos permisibles a condiciones térmicas extremas según el tipo de actividad, el tiempo y frecuencia de la exposición, otra norma es la NOM-024-STPS-2001 que establece los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones, que por sus características y tiempo de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores, una norma más es la NOM-025-STPS-2008, establece los requerimientos de iluminación en las áreas de los centros de trabajo, la NOM-034-STPS-2016 establece las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y salud de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, así como para el acceso y desarrollo de sus actividades, aplica en las empresas donde laboren trabajadores con discapacidad. En particular se hablará de la NOM-036-1-STPS-2018 Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas. Está compuesta de tres partes, la parte 1 ya salió, la parte 2 es acerca de posturas forzadas y la parte 3 es de movimientos repetitivos. La parte 1 habla acerca del manejo manual de cargas, la cual establece los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgos ergonómicos en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas, con el objetivo de prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores, se aplica a las empresas que se encuentran en México y se realicen actividades de manejo manual de cargas de manera cotidiana, es decir más de una vez al día, esta norma no aplica en actividades de manejo de manual de cargas menores a 3 kg.
El manejo manual de cargas es la
actividad que desarrolla uno o varios trabajadores para levantar, bajar,
empujar, jalar, transportar y/o estibar materiales, empleando su fuerza física
utilizando o no equipo auxiliar. Los factores de riesgos ergonómicos son
aquellos que pueden conllevar sobre esfuerzo físico, movimientos repetitivos o
posturas forzadas en el trabajo, con la consecuente fatiga, errores, accidentes
y enfermedades laborales, derivado del diseño de las instalaciones, maquinaria,
equipo, herramientas o puesto de trabajo. La fatiga es
la manifestación mental o física no patológica de esfuerzo excesivo,
completamente reversible con el descanso. El Trastorno músculo-esquelético
laboral es aquella lesión y enfermedad del sistema osteomuscular y del tejido
conjuntivo causadas por la exposición laboral a factores de riesgo ergonómico. Un
Sobre esfuerzo físico es la consecuencia de aplicar una fuerza que supera la
capacidad del trabajador, excediendo los límites de fuerza, frecuencia,
duración y/o postura para realizar manejo manual de cargas y que puede provocar
un trastorno músculo-esquelético laboral. Las Medidas de control son aquellas
medidas de prevención de naturaleza técnica o administrativa que se adoptan
para reducir o eliminar el sobre esfuerzo físico del trabajo desarrollado.
Existen dos tipos de evaluación ergonómica, la estimación simple del nivel de
riesgo, es la valoración inicial de las condiciones en que se realiza el manejo
manual de carga, a fin de identificar en forma cualitativa, utilizando la
visión, de forma observada, el nivel de riesgos al que están expuestos los trabajadores.
El segundo tipo de evaluación es la específica del nivel de riesgo, es aquella
evaluación de los factores de riesgo ergonómico para determinar la magnitud del
riesgo, haciendo uso de métodos que permiten realizar una valoración del riesgo
detallada de las condiciones en las que se desarrolla la actividad.
Las
obligaciones del patrón son las siguientes:
Adopción de
medidas de prevención y/o control.
Vigilancia a
la salud.
Comunicación
de las posibles alteraciones a la salud.
Capacitación y
adiestramiento en manejo manual de cargas.
Registros de
medidas adoptadas y exámenes médicos.
Las
obligaciones del trabajador son:
Observar las
medidas de prevención y/o control, así como procedimientos.
Dar aviso de
inmediato al patrón /o Comisión de Seguridad e Higiene sobre las condiciones
inseguras.
Mantener
ordenados, limpios y libre de obstáculos sus lugares de trabajo.
Desempeñar su
trabajo de manera segura para evitar riesgos.
Participar en
la capacitación y adiestramiento en manejo manual de cargas.
Informar al
patrón sobre las afectaciones a su salud o sus posibles limitaciones para la
realización de sus actividades.
Someterse a
los exámenes médicos.
Opinión:
La
Normatividad en materia de Ergonomía en México se desprende de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley Federal del Trabajo, en el
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, en las Normas Oficiales
Mexicanas emanadas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que deben ser
observadas en todas las empresas. En específico de la NOM-036-1-STPS-2018, que
habla de los riesgos ergonómicos en el manejo manual de cargas en los centros
de trabajo. Cabe mencionar la Organización Internacional de Normalización (ISO)
en materia de Ergonomía:
ISO 11228
Manejo Manual de Cargas
ISO 11228-3
Movimientos Repetitivos
ISO 11226
Posturas Forzadas
ISO TR 12295
Guía Práctica de las ISO Ergonomía
Fuentes
Bibliográficas:
Vídeo NOM-036-1-STPS-2018
// Obligaciones del patrón a Enero 2020
Vídeo
NOM-036-1-STPS-2018 // Peligro y Riesgo Ergonómico.
NORMA Oficial
Mexicana NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el
Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo
manual de cargas
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