Marco Teórico y Estado del Arte
SEMINARIO DE TITULACIÓN I
4ta GENERACIÓN
JOSÉ ANTONIO CADENA
VÁZQUEZ
MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Marco teórico
La Seguridad y Salud
en el Trabajo se viene presentando siglos atrás, en busca de un mejoramiento
personal y laboral, representado en la evolución de manufactura del hombre. En
lo que respecta a que el hombre durante su vida cambia constantemente de
actividad, cambio que lo lleva a modificar su ambiente con la misma frecuencia
y construyendo un campo laboral que le ofrece una mejor calidad de vida.
Gracias a la
evolución del trabajo por parte de los seres humanos, después de varios siglos
padeciendo a causa de las enfermedades laborales por fin se crea la legislación
para la organización en el ambiente laboral. La implementación de la Seguridad
y Salud basada en el comportamiento se funda en la formación de los
trabajadores no solo en el desarrollo de las competencias, sino en el análisis
y mejoramiento de actitudes del trabajador responsable de su seguridad al
momento del desarrollo de sus funciones en el puesto de trabajo específico.
La Salud Ocupacional
a nivel mundial es considerada como un pilar fundamental en el desarrollo de un
país, constituye una estrategia de lucha contra la pobreza, sus acciones están
dirigidas a la promoción y a la protección de la salud de los trabajadores y a
la prevención de los accidentes de trabajo y riesgos laborales causados por los
accidentes de trabajo y riesgos laborales en las diversas actividades
económicas.
La historia de la
Seguridad y Salud en el Trabajo se inicia en el siglo I, en Egipto se tenían
leyes dadas por el faraón para proteger a los trabajadores y evitar los
accidentes de trabajo. Además, Hipócrates escribió el tratado aires, aguas y
lugares que fue el primero que se produjo sobre la salubridad, climatología y
fisioterapia. En 1665, Walter Pope publica Philosophical transactions donde se
refiere a las enfermedades de los mineros producidas por las intoxicaciones con
mercurio. En 1700, Bernardino Ramazzini considerado el Padre de la Medicina del
Trabajo, escribió el primer libro importante sobre enfermedades ocupacionales
sobre los obreros, donde analizó más de 54 profesiones, su obra más conocida De
Morbis Artificum Diatriba. A principios del siglo XX, Thomas Oliver escribió:
“Ocupaciones Peligrosas”, seguida más tarde por la obra “Enfermedades propias
de los oficios” en 1908, donde la Medicina Laboral se difundió por todo el
mundo iniciándose la creación de grupos médicos. En 1919 nace la denominada
etapa social de la medicina laboral con el Tratado de Versalles. A partir de
este año se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es un
organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos
relativos al trabajo y las relaciones laborales. Esto por hablar en general de
la historia de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cuando se habla de
prevención se entiende por el conjunto de medidas a tomar en cuenta en todas
las actividades de un trabajo con el objetivo de evitar o disminuir los riesgos
derivados del trabajo.
El trabajo puede
conllevar riesgos para la salud de los trabajadores, estos riesgos son necesarios
identificarlos y controlarlos adecuadamente. Por eso, es necesario conocer la
naturaleza del trabajo y de todos los factores que influyen en él; sobre todos
los riesgos laborales existentes, tanto aquellos que puedan provocar un
accidente y/o enfermedad de trabajo, como las situaciones causantes de fatiga,
insatisfacción, etc. y, en general, cualquier posible daño para la salud de los
trabajadores.
Ahora hablar de la
salud, la Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud como “un
completo estado de bienestar en los aspectos físicos, mentales y sociales y no
solamente la ausencia de enfermedad”. Esta definición forma parte de la
Declaración de Principios de la OMS desde su fundación en 1948. En la misma
declaración se reconoce que la salud es uno de los derechos fundamentales de
los seres humanos, y que lograr el más alto grado de bienestar depende de la
cooperación de individuos y naciones y de la aplicación de medidas sociales y
sanitarias.
La salud debe
entenderse como un estado que siempre es posible de mejorar y que implica
considerar la totalidad de los individuos, relacionados entre sí y con el medio
ambiente en que viven y trabajan. Es importante resaltar la triple dimensión de
la salud física, mental y social, y la importancia de lograr que estén en
equilibrio en cada persona.
El trabajo puede
constituir una fuente de prosperidad solamente cuando la persona conserva su
salud y su vida. La salud constituye para la persona su capacidad de trabajo y
de producción, por lo tanto, todo aquello que atente contra la salud de la
persona afecta su capacidad de trabajo, su prosperidad, su productividad y su
motivación.
El derecho al trabajo
es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros derechos
humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana.
Toda persona tiene derecho a trabajar para poder vivir con dignidad.
El trabajo expande su
importancia al ámbito económico, social y político, de ahí la necesidad de que
bajo la lupa de los derechos humanos se desenvuelva, pues sólo a través de la
observancia de estos derechos humanos laborales se asegura que quienes tengan
trabajo gocen de los beneficios de los derechos fundamentales de la persona que
labora, para que lo realice con dignidad y que los valores de igualdad de
trabajo, de igualdad de salario, de igualdad de género y sin discriminación
alguna sean plenamente respetados.
La Seguridad y salud
en el trabajo es un requisito indispensable del trabajo digno y decente a que
tienen derecho todos los trabajadores mexicanos y extranjeros dentro del
territorio nacional mexicano consagrado en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, y las leyes, normas, reglamentos,
convenios internacionales y acuerdos que de ella emanan, como el Reglamento
Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. La vigilancia de las disposiciones
de seguridad y salud en el trabajo está a cargo de la Secretaría del Trabajo y
Previsión social para las actividades productivas consideradas del ramo federal
y el resto de actividades están regulados por los gobiernos de cada estado. En
la regulación en materia de seguridad y salud en el trabajo, participa no solo
la secretaría del trabajo, sino otras instituciones laborales entre las que
destaca el Instituto Mexicano del Seguro Social.
La Constitución
Política que es la máxima ley en el territorio mexicano, fundamenta el derecho
de la seguridad y salud en el trabajo mediante el artículo 123 Apartado A. En
la fracción XIV, atribuye responsabilidad a los empresarios sobre los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que puedan sufrir sus
trabajadores. En la fracción XV, se obliga a que los patrones observen de
acuerdo con la naturaleza de su centro de trabajo, los preceptos legales sobre
seguridad e higiene en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las
medidas que sean necesarias para prevenir accidentes. La fracción XXIX es
fundamento también de la seguridad social.
Los convenios
internacionales están jurídicamente por debajo de la Constitución Política y
por encima de las Leyes Federales. México ingresó a la Organización
Internacional del Trabajo en 1931 y desde entonces a la fecha ha ratificado 78
convenios de los 188 de la OIT de los cuales muchos de ellos están relacionados
con la seguridad y salud en el trabajo.
La principal ley en
materia laboral en México es la Ley Federal del Trabajo que es de observancia
general y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123,
apartado A, de la Constitución. Dicha ley establece también la responsabilidad
del patrón en materia de prevención de accidentes, así como de cualquier riesgo
de trabajo ocurrido a un trabajador durante su jornada. Otras leyes importantes
en la materia son la Ley General de Salud y la Ley del Seguro Social.
El principal
ordenamiento en este rubro es el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el
trabajo que fue publicado en noviembre de 2014. Este reglamento establece las
disposiciones en materia de Seguridad y salud en el trabajo que deberán
observarse en los centros de trabajo a efecto de contar con las condiciones que
permitan prevenir riesgos y de esta manera, garantizar a los trabajadores el
derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud,
con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo. Otra reglamentación
importante es la de Inspección y Aplicación de sanciones en la que se
establecen las bases para realizar el proceso de inspección y el procedimiento
de restricción de acceso y limitación de operaciones cuando el inspector de
trabajo detecte un riesgo inminente para los trabajadores.
El Reglamento Federal
de Seguridad y Salud en el Trabajo establece en su artículo 10 la facultad de
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para expedir Normas con fundamento
en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su reglamento, la Ley
Federal del Trabajo y el presente Reglamento, con el propósito de establecer
disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que eviten riesgos
que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, y
cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten o puedan
afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las
instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del centro de trabajo.
Las Normas Oficiales
Mexicanas (NOMs) son regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas
por dependencias del gobierno de acuerdo al artículo 40 fracción XI de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, que emite la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias para
la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan por que se destinan a la
atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los
trabajadores.
La vigilancia del
cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud en el trabajo corresponde
directamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en
el marco jurídico existente y mediante un proceso inspectivo claro y detallado
en el Reglamento general de Inspección del trabajo y aplicación de sanciones
que entró en vigencia en septiembre de 2014 y sin dejar de lado lo
dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. El objetivo de la
inspección de trabajo es evitar los accidentes y enfermedades de trabajo para
el bienestar de los trabajadores.
Estado del arte
ASPECTOS LEGALES Y
TÉCNICOS PARA DISEÑAR UN SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PARA UNIVERSIDADES ECUATORIANAS, Marisabel Luna Cardozo, Dewis
Edwin Álvarez Pincay, Sara Geoconda Soledispa Reyes.
Los accidentes
laborales y las enfermedades profesionales son la justificación de los sistemas
de salud. La prevención es una prioridad. Este ensayo tiene como objetivo la
revisión sistemática de los aspectos legales y técnicos en materia de seguridad
y salud en el trabajo en la República del Ecuador para el diseño de un Sistema
de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para las instituciones de
educación superior de la Provincia de Manabí para la prevención de accidentes
de trabajo y enfermedades ocupacionales, el cual consta de cuatro fases: 1)
diagnóstico de la situación actual en materia de seguridad y salud en el
trabajo, 2) identificación y evaluación de los factores de riesgos, 3)
elaboración de los requisitos técnicos legales aplicables a la gestión
administrativa, gestión técnica, gestión del talento humano, y procedimientos y
programas operativos básicos y 4) evaluación de la eficacia de las mejoras en
las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. La revisión sistemática de
los aspectos legales y técnicos en materia de seguridad y salud en el trabajo
en la República del Ecuador contribuiría en la propuesta de instrumentos de
diagnóstico e indicaciones metodológicas para desarrollar las cuatro fases
mencionadas.
Seguridad y salud en
el trabajo en empresas de servicios, Percy Rafael
Herrera Herrera
Este trabajo busca,
en primer lugar, sensibilizar a las empresas de producción de servicios, como
entidades financieras, instituciones educativas y de mantenimiento de
edificaciones, entre otras, acerca de la importancia de integrar la seguridad y
la salud en el trabajo y de sus herramientas como parte de su sistema de
gestión. Luego, se plan tea realizar una auditoría para diagnosticar los factores
técnicos y de gestión y cultura. Sobre esta base se establecerán metas y
objetivos para la planificación en lo referente a la identificación de peligros
y la evaluación y control de riesgos, el cumplimiento de requisitos legales y
otros.
Propuesta de un
modelo de gestión en seguridad y salud laboral en las universidades venezolanas,
Asunción Suniaga y Jesús Suniaga
La investigación
tiene como objetivo proponer un Modelo de Gestión de Seguridad y Salud Laboral,
que permita la adopción de medidas tendientes a garantizar el trabajo seguro
dentro de los talleres de las Universidades Nacionales y se tomó como caso de
estudio la Universidad de Oriente, Núcleo Nueva Esparta (UDONE), para lo cual
se hizo una adaptación de la teoría propuesta por Pérez (2002). El trabajo se
realizó bajo una investigación de campo de tipo descriptiva, para determinar
las condiciones de Seguridad y Salud Laboral utilizando técnicas de recolección
y análisis de datos como: inspección de seguridad, lista de verificación de Seguridad,
entrevistas, entre otras; lo que permitió estimar los riesgos presentes en los
talleres. Se concluyó, que el personal operativo está expuesto a riesgos
específicos los cuales para controlarlos es necesario diseñar planes, una
política de prevención, la organización de las acciones en materia de Seguridad
y Salud Laboral y, el desarrollo de mecanismos de control necesarios para
minimizar los riesgos, accidentes y enfermedades profesionales.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Me puedo apoyar de las siguientes literaturas para
la investigación de mi anteproyecto:
-
Manual para la investigación de
accidentes laborales 2° edición
OSALAN
Laneko Segurtasun eta Osasunerako Euskal Erakundea
Institución Vasco de Seguridad y Salud Laborales
-
Seguridad e Higiene del Trabajo
Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales 10°
Edición Actualizada
José María Cortés Díaz
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