Principios Generales del Procedimiento Administrativo

 

GESTIÓN DEL PROCESO DE INSPECCIÓN

 

4ta GENERACIÓN

 


JOSÉ ANTONIO CADENA VÁZQUEZ

 

MAESTRÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

 




Principios Generales del Procedimiento Administrativo



En el procedimiento administrativo se aplican una serie de principios que sirven de garantía para el administrado en la tramitación del expediente. Dichos principios surgen de diversas normas jurídicas que integran el sistema jurídico. Al respecto, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dispone: “La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe”; por su parte, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal establece que “La administración pública del Distrito Federal ajustará su actuación a la ley, conforme a los principios de descentralización, desconcentración, coordinación, cooperación, eficiencia y eficacia”. 

Cabe destacar que además de los anteriores, también existen una serie de principios aplicables al procedimiento administrativo que han sido reconocidos por la mayoría de los sistemas jurídicos y que están contemplados en ordenamientos de jerarquía superior, o incluso, han sido reconocidos por órganos y disposiciones de carácter supranacional.

En el caso de México, los principios que se aplican al procedimiento administrativo están reconocidos en ordenamientos de carácter tanto supranacional como nacional y a su vez, por disposiciones constitucionales, legales y jurisprudenciales. 

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales que México ha ratificado y en las leyes de procedimiento administrativo, se encuentran contenidos los principios que sirven de garantía para el administrado dentro del procedimiento administrativo. Las normas jurídicas constitucionales y supranacionales, que son de jerarquía superior a cualquier otra norma del sistema jurídico, consagran principios jurídicos que a lo largo de la historia han ido tomando un protagonismo importante dentro del procedimiento administrativo y que, en la actualidad, desconocerlos, resulta casi imposible. 

La finalidad del procedimiento administrativo consiste en el dictado de un acto administrativo y para llevar a cabo dicha finalidad, se deben respetar ciertos principios que tienen por objetivo que, dentro del menor tiempo posible y reuniendo la mayor cantidad de información, se pueda declarar la voluntad de la administración pública.

El Procedimiento Administrativo está regulado básicamente por las leyes específicas en cada país dentro del derecho administrativo.

Además, los Estados tienen otras leyes de régimen jurídico y de ámbito jurisdiccional que en buena medida regulan la materia también. En muchas ocasiones, además del procedimiento común, hay otros de características especiales para los que la legislación establece normas específicas, como ocurre con el procedimiento administrativo sancionador.

En México: la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

En México como principios generales son de orden e interés público, aplicables a los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal centralizada sin prejuicio en lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. También es aplicable a los organismos descentralizados de la administración pública paraestatal, respecto a sus actos de autoridad, a los servicios que el estado preste de manera exclusiva y a los contratos que los particulares puedan celebrar con el mismo organismo. No son aplicables en materias de carácter fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni al ministerio público en ejercicio de sus funciones constitucionales tampoco en materias de competencia económica.

Principio de unidad

El procedimiento es un único proceso que tiene un comienzo y fin. Todos los procedimientos deben resolverse independientemente de la forma de inicio y, asimismo, deben ser notificados.

Principio de contradicción

La resolución del procedimiento se basa en los hechos y en los fundamentos de derecho, esto se consigue a través de la comprobación de los hechos, a través de las pruebas. En general, pueden acreditarse los hechos por cualquier medio admisible en derecho.

Principio de imparcialidad

La administración en su actuación será imparcial, sin someterse a favoritismo o enemistades.

  • Abstención los funcionarios se abstendrán y se lo comunicarán a su superior jerárquico en los siguientes casos:

Por tener interés personal en el asunto

Por tener parentesco hasta 4.º grado de consanguinidad y en 2.º en afinidad

Por tener amistad o enemistad manifiesta

Por ser testigo del procedimiento

La no abstención no invalida el acto, pero crea responsabilidad en el funcionario.

En México se utilizan los mismos principios, pero se le denominan impedimentos, y cuando un servidor público se encuentre en alguna de las situaciones señaladas se deberá excusar de la intervención de procedimiento haciendo del conocimiento a su superior jerárquico y este deberá resolverlo dentro de los tres días siguientes. Si hubiera otro servidor público competente se turnará el asunto, en su defecto el servidor público excusado llevará a cabo el asunto y superior jerárquico lo supervisará.

  • Recusación El interesado puede solicitar la recusación en cualquier momento del procedimiento, planteando las causas por escrito, se comprobaran los documentos presentados y el superior lo admitirá o no, de esta decisión no cabe recurso.

Principio de oficialidad

El procedimiento debe ser impulsado de oficio en todos sus trámites. La administración tiene la obligación y responsabilidad de dirigir el procedimiento, ordenando que se practique todas las diligencias necesarias para dictar la resolución. Es responsabilidad de tramitar el procedimiento a los titulares del órgano y el personal que esté a su cargo.

El interesado

El concepto de interesado se encuentra señalado en las normas pertinentes en cada estado en concreto.

1. Son interesados en el procedimiento administrativo quienes lo promueven como titulares de derechos o intereses legítimos. Los intereses legítimos pueden ser individuales o colectivos.

También es interesado quien, sin haber iniciado el procedimiento, tenga derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.

2. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales, serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.

3. Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho habiente sucederá en tal condición, cualquiera que sea el estado del procedimiento.

 

OPINIÓN:

El procedimiento administrativo es una causa formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin determinado; en el cual se fijan los objetivos y metas a lograr. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisión de un acto administrativo al servicio de los intereses generales y no necesariamente la resolución sobre una pretensión ajena, como ocurre en los procesos.

A diferencia de la actividad privada, la actuación pública requiere seguir unos cauces formales, más o menos estrictos, que constituyen la garantía de los ciudadanos en el doble sentido de que la actuación es conforme con el ordenamiento jurídico y que ésta puede ser conocida y fiscalizada por los ciudadanos.

El procedimiento administrativo se configura como una herramienta al servicio de la eficacia de la Administración, ya que le sirve para recabar todos los hechos relevantes y fundamentos jurídicos de la decisión, y al mismo tiempo como una garantía que tiene el ciudadano de que la Administración no va a actuar de un modo arbitrario, sino con objetividad y siguiendo las pautas del procedimiento establecido en las normas, que por otra parte el administrado puede conocer y en el que puede participar cuando en él se diriman asuntos que afecten a sus derechos o intereses. Ambas funciones del procedimiento son especialmente importantes cuando la Administración ejerce potestades discrecionales, ya que el procedimiento seguido y el expediente con él formado servirán para el control judicial de la actuación administrativa. Los procesos administrativos son aquellos que se realizan para dar solución y controlar ciertos fines.

 

FUENTES BIBLIOGRAFICAS:

Vídeo Parte 3 – Procedimiento de Inspección Laboral

Ley Federal del Trabajo

Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

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